domingo, 25 de octubre de 2015

Infanticidio

DERECHO PENAL.
BIEN JURIDICO.
LA VIDA.

DELITO RELACIONADO:
INFANTICIDIO

INFANTICIDIO

Etimológicamente la palabra infanticidio proviene de los vocablos latinos “infans” y “cederé” que significa matar a un niño.
Este crimen fue cometido con frecuencia por las antiguas civilizaciones del mundo.
El infanticidio directo o activo

Se trata de dar muerte al recién nacido de manera deliberada, con ciertas prácticas como por ejemplo muerte por deshidratación o falta de alimento, asfixia o traumatismos craneales.
El infanticidio indirecto o pasivo empieza por una alimentación inadecuada, el abandono o una crianza descuidada
Características:


  • Delito de Lesión o material: para consumarse requiere que se produzca la muerte del recién nacido.
  • Delito especial impropio: sujeto activo calificado (padres o ascendientes) y tiene correlato con un delito común (parricidio u homicidio) si el sujeto no es calificado.
  • Bien Jurídico Protegido: vida plena del recién nacido hasta las 48 horas posteriores al parto.
  • Tipo: debe cumplir todas las características objetivas y subjetivas del homicidio simple, más algunas particularidades.
  • Tipo Objetivo: conducta (acción u omisión), resultado (muerte del recién nacido), imputación objetiva (causalidad)
  • La Conducta: “matar a otro”, ya sea por acción u omisión impropia (que es la forma más común de infanticidio; ej: no alimentar al bebé)
Los Sujetos: son calificados.


  • Activo: padre, madre, o ascendientes legítimos e ilegítimos de la víctima.
  • Pasivo: Recién nacido de no más de 48 horas de vida.
Parto y nacimiento se refieren al mismo hecho; es parto para la madre y nacimiento para el recién nacido.
El parentesco puede acreditarse por cualquier medio probatorio, al igual como en el parricidio.



      



CUESTIONARIO

1.- ¿Qué es el infanticidio?

R: Infanticidio es un delito que consiste en causar la muerte de un infante (niño o niña) de forma intencionada.

2. ¿Desde cuándo existe el infanticidio?

R: El infanticidio se ha dado desde la prehistoria como forma de sacrificio a fuerzas sobre naturales, en muchas civilizaciones fue causa de control de la población. Disponiendo a si distintas formas de darles muerte.

3.- ¿Cuál es la pena que se da en el infanticidio?

R: 5 años y 1 día a 10 años

4.- ¿A qué se denomina infanticidio indirecto pasivo?

R: Alimentación inadecuada, el abandono o una crianza descuidada, especialmente cuando el bebé cae enfermo

5.- ¿Quienes cometen infanticidio?

R: padre, la madre o los demás ascendientes legítimos o ilegítimos





NORMA

Art. 394. Cometen infanticidio el padre, la madre o los demás ascendientes legítimos o ilegítimos que dentro de las cuarenta y ocho horas después del parto, matan al hijo o descendiente, y serán penados con presidio mayor en sus grados mínimos a medio.


Infanticidio en Conchalí: Madre causó corte de 18 centímetros en el cuello de lactante.

SANTIAGO.- Producto de un corte de 18 centímetros en su cuello falleció la menor cuyos restos fueron encontrados ayer luego de tres días de nacida.

Así lo detalló ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la fiscal de la zona Centro Norte Patricia Fuentes, quien solicitó la prisión preventiva de la madre de la lactante, identificada como Pilar Castillo Cardemil, de 20 años.

De acuerdo a los antecedentes entregados por el Ministerio Público durante la formalización, la universitaria -a quien se le imputó el delito de infanticidio- habría decidido terminar con la vida de su hija tras esconder su embarazo a sus padres.

Por lo anterior, y tras dar a luz el viernes de la semana pasada, dio muerte a la lactante -quien nació viva según un informe del Servicio Médico Legal- y escondió su cuerpo en una caja que guardó en su dormitorio.

Tres días después, sin embargo, sus padres descubrieron el hecho tras percatarse del mal olor que salía desde la habitación de la mujer y decidieron concurrir a Carabineros.

La defensa, por su parte, aseguró que en el acto de Castillo no existió dolo ya que la menor falleció luego que su madre intentara cortar el cordón umbilical. Agregó que su representada no sabía de su estado hasta el momento del parto, situación que la tomó por sorpresa y desencadenó un estado de shock en la mujer.

Dichos argumentos fueron desestimados por el tribunal que resolvió aceptar la medida cautelar solicitada por la Fiscalía y ordenó la prisión preventiva de Castillo durante los 120 días de investigación establecidos en la instancia.

La mujer, en tanto, arriesga una pena que va desde los 5 hasta los 15 años de presidio efectivo.











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